Los tres medios de defensa que todo contribuyente debe de saber
Instituto Escadia 02 / Julio / 2020
El reconocimiento de los derechos de los contribuyentes en la Constitución y en las leyes no hacen que automáticamente se cumplan. En algunas ocasiones una mala interpretación, un mal cálculo o una omisión, pueden hacer que estos derechos sean ignorados o violentados por parte de las autoridades.
Conociendo esta posibilidad, los contribuyentes deben de tener claro el camino y los medios de defensa que pueden tomar ante una situación polémica que no respeten sus derechos como pagadores de impuestos.
A continuación, se plantearán los tres instrumentos a los cuales el contribuyente puede acudir cuando la autoridad realice actos que no respetan su derecho como pagador de impuestos.
- La Defensa Administrativa:
Este tipo de defensa se realiza a través de los recursos administrativos, es decir, se pueden impugnar actos y resoluciones de las autoridades fiscales.
Los principales recursos administrativos son:
- Recurso de Revocación (Código Fiscal de la Federación):
Es un medio de control interno con el propósito que la misma autoridad fiscal revise su propia actuación. Se determina si estuvo conforme al derecho, para luego revocar, modificar o confirmar la resolución impugnada.
- Recurso de Inconformidad (Ley de Seguro Social):
Procede contra los actos que lesionen los derechos como contribuyentes de los patrones, asegurados o beneficiarios (trabajadores y sus dependientes).
- Recurso de Inconformidad (Ley del INFONAVIT):
Procede en los casos de desacuerdo de las empresas y de los trabajadores o sus beneficiarios, sobre la inscripción, derecho a créditos, cuantía de aportaciones y descuentos, así como cualquier acto que lesione sus derechos como trabajadores inscritos.
- Recurso de Revocación (Ley de Comercio Exterior)
Es un medio de control interno que tiene el propósito de que la autoridad fiscal revise su actuación para determinar si estuvo conforme a derecho.
- La Defensa Jurisdiccional:
Este tipo de mecanismo de defensa pone a un tercero imparcial que dirime las controversias entre la autoridad fiscal y el contribuyente. Aquí la autoridad fiscal no es la que resuelve.
- Juicio Contencioso Administrativo Federal:
El contribuyente no satisfecho por la resolución de algún caso administrativo o por verse afectado por actos de la autoridad, decretos y acuerdos de carácter general puede demandar la nulidad del acto, decreto o acuerdo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
- Juicio de Amparo:
Cuando una persona acude ante un órgano judicial para reclamar un acto de un órgano del Estado o una ley, cuando siente que vulnera sus derechos como contribuyente.
- La Defensa No Jurisdiccional
Son aquellos mecanismos que sin utilizar la función jurisdiccional, promueven y protegen los derechos de los gobernados mediante procesos propios, usualmente más flexibles.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) constituye un mecanismo no jurisdiccional y cuenta con los siguientes servicios:
- Quejas y Reclamaciones
- Asesorías
- Representación Legal y Defensa
- Acuerdos Conclusivos
Es importante para todo contribuyente tener claro que existen diferentes medios en los cuales se puede apoyar para pelear, aclarar o entender el actuar de la Autoridad Fiscal. Y tú, ¿has tenido que acudir a algún medio de defensa en el pasado? Te escuchamos.